Criticar a los árbitros forma parte de la libertad de expresión, dictamina el TEDH
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) valoró, en una decisión comunicada el martes, que las críticas a un supuesto fallo de imparcialidad de un árbitro de fútbol entran dentro del campo de la libertad de expresión, al contrario que las acusaciones infundadas de corrupción o manipulación.
El Tribunal, con sede en Estrasburgo, intervino tras la petición de exdirigentes del FC Porto, club de fútbol de Portugal, entre ellos el expresidente Jorge Nuno Pinto da Costa, fallecido en febrero de 2025.
Estos exdirigentes habían sido condenados a multas en el país ibérico por declaraciones realizadas en los medios, incluidos los propios medios del club, en los que se ponía en duda a ciertos árbitros y al sistema de arbitraje en su conjunto, luego de partidos que implicaban en especial al club rival Benfica.
Comentarios como "no hay ninguna duda de que (el árbitro) tiene un problema de imparcialidad" o "la carrera (de ese árbitro) ha estado marcada por numerosas decisiones injustificables" fueron publicados en un medio de comunicación del club.
"Esas declaraciones eran juicios de valor (...) comúnmente expresados en el contexto de las competiciones de fútbol y que se mantuvieron dentro de los límites de la crítica admisible", valoró el TEDH.
El Tribunal estima que los árbitros están expuestos a un "nivel elevado de atención del público" y "deben, en consecuencia, aceptar críticas severas".
Por ello establece que las condenas pronunciadas en Portugal tras esas declaraciones representan una violación del artículo 10 (libertad de expresión) del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, e impuso a las autoridades portuguesas a pagar a los denunciantes 15.300 euros (cerca de 17.500 dólares) en reparación por perjuicio material.
Sin embargo, el TEDH sí consideró justificadas las condenas pronunciadas por los tribunales portugueses por "acusaciones de corrupción y de manipulación" hacia los árbitros, en especial las declaraciones que acusaban a uno de ellos de haber "actuado en connivencia con el Benfica".
"Dado el lenguaje hiperbólico, exagerad, metafórico y especulativo utilizado (...) esas declaraciones pueden ser consideradas como juicios de valor sin base factual suficiente" para entrar en el campo de la libertad de expresión, valora el Tribunal.
El TEDH es un tribunal internacional encargado de decidir sobre los conflictos vinculados a las violaciones del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales en los 46 países firmantes del texto.
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© Agence France-Presse
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